Alojamientos de corta duración, incluyendo viviendas de uso turístico y de temporada.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana de España ha implementado nuevas medidas para regular el alquiler de alojamientos de corta duración, incluyendo viviendas de uso turístico y de temporada. Estas iniciativas buscan promover un mercado más transparente y equilibrado, en línea con las directrices europeas.

Ventanilla Única Digital y Registro Único de Arrendamientos

A partir del 2 de enero de 2025, entrará en vigor la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, una plataforma centralizada que facilitará la gestión y supervisión de los alquileres de corta duración. Esta herramienta permitirá a los propietarios registrar sus propiedades y obtener un número de registro único, obligatorio para publicitar sus viviendas en plataformas digitales. Las disposiciones tendrán efectos plenos a partir del 1 de julio de 2025, otorgando un periodo de adaptación para los actores implicados.

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Procedimiento para Obtener el Número de Registro

Los propietarios interesados en alquilar sus viviendas por temporadas deberán seguir estos pasos:

  1. Preparar la Documentación: Reunir la referencia catastral, dirección exacta de la vivienda, especificar si se alquilará completa o por habitaciones, y el número máximo de ocupantes.
  2. Solicitar el Número de Registro: Acceder a la sede electrónica del Colegio de Registradores, identificarse con certificado digital y completar la solicitud con la información preparada. Se otorgará un número de registro provisional, que se confirmará tras las verificaciones pertinentes. link
  3. Coste: 27€
  4. Informar a las Plataformas de Alquiler: Proporcionar el número de registro a las plataformas en línea donde se publicitará la vivienda, ya que será un requisito indispensable para la comercialización.

Diferenciación entre Viviendas de Uso Temporal y Turístico

Es importante distinguir entre:

  • Viviendas de Uso Temporal: Destinadas a estancias por motivos laborales, estudiantiles o médicos. No requieren trámites adicionales ante comunidades autónomas o ayuntamientos para obtener el número de registro, ya que se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos. link
  • Viviendas de Uso Turístico: Requieren cumplir con regulaciones específicas establecidas por las comunidades autónomas o ayuntamientos. Los propietarios deben realizar los trámites necesarios ante las autoridades competentes para obtener las licencias correspondientes. link

Rol de las Plataformas Digitales

Las plataformas en línea (Rentalia, Booking, Airbnb, ….) deberán:

  • Inscribirse en la plataforma digital. link
  • Incorporar el número de registro en cada anuncio publicado.
  • Verificar la validez de los números de registro proporcionados por los propietarios.
  • Transmitir periódicamente datos de actividad a la Ventanilla Única Digital, asegurando el cumplimiento normativo y combatiendo prácticas irregulares.

Objetivos de las Nuevas Medidas

Estas iniciativas buscan:

  • Mejorar la transparencia y sostenibilidad del mercado de alquiler de corta duración.
  • Proteger el derecho constitucional de acceso a la vivienda.
  • Proporcionar herramientas eficaces a las administraciones para la planificación urbanística y el control fiscal.
  • Combatir la economía sumergida y las prácticas ilegales en el sector inmobiliario.

Con estas medidas, España se posiciona a la vanguardia en la implementación de normativas europeas destinadas a regular el mercado de alquiler de corta duración, fomentando un entorno más justo y equilibrado para propietarios, arrendatarios y la sociedad en general.

Legislación Española

  • Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU). (Acceso BOE)
  • Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula la actividad de alquiler turístico. (Acceso BOE)
  • Normativas autonómicas y municipales aplicables en materia de vivienda y alquiler turístico.
  • Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración. (Acceso BOE)